Sentencias sobre duplicidad de registros en sistemas de solvencia
La inclusión repetida de una misma deuda en ficheros de morosidad ha sido considerada vulneración del derecho al honor y a la exactitud de los datos
La aparición reiterada de la misma deuda ha generado conflictos jurídicos relevantes.
Los sistemas de información sobre solvencia patrimonial y crédito, comúnmente conocidos como ficheros de morosidad, tienen como finalidad evaluar el riesgo económico de las personas físicas o jurídicas.
Su funcionamiento está sujeto a estrictos requisitos legales derivados de la normativa de protección de datos personales y de la jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo. Uno de los problemas más graves detectados por los tribunales es la duplicidad de registros, es decir, la inclusión reiterada de una misma deuda bajo distintos asientos o a través de diferentes entidades informantes.
Esta práctica distorsiona la realidad económica del afectado y puede multiplicar artificialmente la percepción de insolvencia.
Las resoluciones judiciales han señalado que la exactitud de los datos es un requisito esencial para la licitud del tratamiento. Cuando una deuda aparece varias veces, se genera una imagen financiera incorrecta que puede impedir el acceso a crédito, servicios o contratos básicos.
La jurisprudencia considera que esta situación vulnera el derecho al honor y a la reputación económica, especialmente si la duplicidad se mantiene durante un periodo prolongado o pese a las reclamaciones del interesado.
El daño no se limita a la información errónea, sino que se extiende a las consecuencias prácticas que dicha información produce en la vida económica y social.
Uno de los supuestos más frecuentes se produce cuando la deuda ha sido cedida a diferentes entidades y cada una de ellas comunica el impago como si se tratara de una obligación independiente.
Los tribunales han aclarado que la transmisión del crédito no autoriza a multiplicar los registros, ya que la obligación sigue siendo única. La existencia de varios acreedores sucesivos no convierte una deuda en varias, por lo que solo puede figurar una anotación que refleje la situación real.
La falta de coordinación entre entidades informantes no justifica la vulneración de los derechos del afectado.
También se han analizado casos en los que la duplicidad deriva de errores técnicos o de actualización insuficiente de las bases de datos. Aunque no exista intención de perjudicar, la jurisprudencia exige diligencia en el mantenimiento de la información.
La permanencia de registros incorrectos tras haber sido advertidos se interpreta como negligencia y puede dar lugar a responsabilidad civil.
En numerosas sentencias se ha ordenado la cancelación inmediata de los datos duplicados y el pago de indemnizaciones por los perjuicios causados, especialmente cuando se acredita la denegación de financiación u otras oportunidades económicas.
Otro elemento relevante es el principio de proporcionalidad. La inclusión en un fichero de morosidad ya constituye una medida de impacto significativo, por lo que su reiteración injustificada agrava el efecto negativo sin aportar información adicional relevante.
Los tribunales consideran que esta acumulación vulnera el equilibrio entre la finalidad legítima del sistema -informar sobre el riesgo crediticio- y la protección de los derechos fundamentales de la persona afectada. La duplicidad se interpreta así como un exceso incompatible con la normativa vigente.
En definitiva, la jurisprudencia ha establecido que cada deuda solo puede generar un registro coherente y veraz, actualizado conforme a su situación real.
La repetición de asientos por una misma obligación se considera contraria a los principios de exactitud, proporcionalidad y calidad de los datos.
Este criterio refuerza la protección frente a prácticas que distorsionan la solvencia de una persona y garantiza que los sistemas de información crediticia cumplan su función sin producir daños injustificados.
Registrar varias veces una misma obligación impagada agrava injustificadamente la situación del afectado y puede ser ilícito.
